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El BOP publica las bases para subvenciones destinadas a actividades culturales, educativas, deportivas y fiestas populares en concurrencia competitiva
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27-01-2017 Las convocatorias publicadas ascienden a 1,2 millones de euros

La Diputación Provincial de Badajoz publicó con fecha 16 de diciembre de 2016 en el Boletín Oficial de la Provincia el Decreto de aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones (PES) para el ejercicio 2017, dotando a la Institución de un instrumento de planificación de las políticas públicas de fomento y definiendo procedimientos de gestión más uniformes que permiten mejorar la eficacia y la eficiencia de las subvenciones e incrementan la transparencia y el acceso de los ciudadanos a la información.
Por medio del PES, dotado con un importe de 29 millones de euros para el presente ejercicio, la Diputación Provincial financiará la prestación de servicios educativos, sociales, culturales, o de cualquier otra índole, con el objetivo de dinamizar la economía de la provincia, facilitar la generación de empleo y  mejorar la vida de la gente.

Las convocatorias publicadas irán destinadas a la celebración de actividades educativas, culturales, deportivas y fiestas populares, así como a la celebración de actividades. La inversión asciende a 971.500 euros y 273.500 euros respectivamente.

Ambas convocatorias se tramitarán por el procedimiento de concurrencia competitiva pudiendo ser beneficiarias de las  mismas las Entidades Locales, Entidades Locales Menores y Asociaciones sin ánimo de lucro de la Provincia de Badajoz.
 

Las bases reguladoras aprobadas articulan procedimientos simplificados en la tramitación de las subvenciones. De este modo y como novedad respecto a las convocatorias del año 2016, tanto la solicitud de subvención como la remisión de justificación se realizarán por medios electrónicos, a través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Badajoz o cualquier otro medio electrónico habilitado, dando cumplimiento así a lo dispuesto por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas respecto a la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.

Igualmente se reducen las cargas administrativas de los solicitantes; la Diputación obteniene de oficio los certificados de estar al corriente con las obligaciones tributarias salvo que el solicitante deniegue expresamente el consentimiento. Del mismo modo se solicitará de oficio el certificado de inscripción en el Registro de Asociaciones de la Junta de Extremadura.

En esta misma línea de simplificación y agilización de trámites, y en relación con la justificación de las subvenciones, ésta se realizará mediante certificado del Secretario/Interventor/a en el caso de los Ayuntamientos o por medio de la cuenta justificativa simplificada en modelo normalizado en el caso de las Asociaciones sin fines de lucro a la que se acompañarán las facturas y los justificantes de pago digitalizados (no será necesario presentar originales para su estampillado ni copias compulsadas) sin perjuicio de que la Diputación pueda comprobar en cualquier momento, mediante actuaciones de control financiero, los justificantes que estime oportunos a cuyo fin podrá requerir a los beneficiarios la presentación de los mismos.

Por último, y de acuerdo con lo dispuesto en el Plan Estratégico de Subvenciones para 2017, constituirá una finalidad instrumental y específica de la actividad subvencional el compromiso con los valores democráticos y con el cumplimiento de la Ley de Memoria Histórica (Ley 52/2007, de 26 de diciembre) por parte de las Entidades Locales que concurran a las distintas convocatorias, constituyendo el incumplimiento del mismo una causa específica de reintegro de las subvenciones concedidas.

Para ello, las entidades beneficiarias deberán elaborar, aprobar y presentar el Catálogo de vestigios de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura existentes en su localidad y acompañarlo con la justificación de la subvención, además de un compromiso de retirada, en el plazo de tres meses desde la fecha de finalización del plazo de justificación, de los símbolos a los que se refiere el artículo 15.1 de la Ley de Memoria Histórica que se reflejen en el catálogo. En caso de imposibilidad de cumplimiento de los plazos se podrá solicitar una prórroga cuya procedencia será informada por la Comisión de Expertos.

Las subvenciones serán gestionadas por el Área de Cultura, Acción Ciudadana, Deporte y Juventud e implementan fórmulas de simplificación, transparencia y control del dinero público en la gestión de subvenciones por la Diputación Provincial de Badajoz.

 

Información adicional

Publica: Gabinete de Comunicación (Presidencia y Relaciones Institucionales)

 

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