22-12-2020 Supresión de domiciliaciones bancarias
Con motivo de las instrucciones recibidas por la Tesorería Provincial de la Diputación de Badajoz y como consecuencia de las disposiciones normativas aplicables en materia del pago de la tasa por concepto de publicaciones ordinarias y urgentes del Boletín Oficial de la Provincia, le comunicamos que a partir del próximo día 1 de enero de 2021, se suprime la modalidad del pago de la tasa por domiciliación bancaria.
En este sentido, se considerarán válidos los previos pagos de tasas mediante ingreso en la cuenta bancaria de IBERCAJA ES33 2085 4503 00 0330239728, así como por pagos en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz: https://sede.dip-badajoz.es .
Por último, significarles la necesidad de adaptar dichos procedimientos por parte de las entidades locales a la mayor brevedad posible, para evitar eventuales demoras en las publicaciones preceptivas en este diario oficial provincial.
Esperamos que dicha adaptación sirva, además, para preservar los principios de eficacia y eficiencia de la administración local.
Información adicional
Publica: BOP (Boletín e Imprenta)
bop@dip-badajoz.es
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