Información sobre Protección de datos
Responsable del tratamiento: Diputación Provincial de Badajoz
c/ Obispo San Juan de Rivera, 6 - 06071 - Badajoz
Teléfono: 924 212 400
Email: oac@dip-badajoz.es
Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Teléfono: 924 212 237
Email: dpd@dip-badajoz.es
Autoridad de Control
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
C/ Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID
Finalidad del tratamiento: Servicio de atención telemática de la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.
Base jurídica del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Destinatarios de cesiones o transferencias: No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.
Derechos de los afectados : • Derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos. • Derechos de limitación u oposición al tratamiento. • Derecho a reclamar ante la autoridad de control.
Información adicional: http://www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php
La persona interesada autoriza el tratamiento de sus datos de carácter personal con la única y exclusiva finalidad de gestionar y realizar las actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada.
Asimismo, la persona interesada queda informada sobre la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal frente a la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz. c/ Felipe Checa, 23 - 06071 Badajoz.
Igualmente, la Diputación de Badajoz le informa que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Centro Gestor: DESARROLLO RURAL, RETO DEMOGRÁFICO Y TURISMO - Oficina de Promoción Turística
La actividad de promoción turística de la Diputación de Badajoz se apoya en canales de difusión diversos: medios de comunicación, internet, asistencia a ferias, RR.SS., etc.
Es también un medio habitual la celebración de contratos de patrocinio con las EE.LL. de la provincia, las cuales llevan a cabo eventos y actividades de índole turística, que resultan igualmente idóneos para la promoción turística de la provincia.
ACTIVIDADES PATROCINABLES:
Dinamización económica, Turismo y Desarrollo Sostenible.
De conformidad con el artículo 36.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se atribuye como una competencia propia de las Diputaciones provinciales la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y la planificación del territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás administraciones públicas, en este ámbito.
Asimismo, por medio del Decreto de Presidencia de 5 de julio de 2019 se establece la nueva configuración de las Áreas funcionales y delegaciones de la Diputación de Badajoz para el periodo de transformación 2019-2023 en cuyo contenido se especifican igualmente los tres grandes ejes de la Accion de Gobierno a los que ya se ha hecho mencion en el apartado 7.1 anterior.
Concretamente, dentro del segundo Eje, “Vertebración Territorial y Lucha Contra la Despoblación”, se encuadran todas aquellas acciones tendentes a la “inversión en infraestructuras de transporte, equipamientos y obras municipales que faciliten la movilidad y favorezca el crecimiento económico y la igualdad de oportunidades entre el ámbito rural y urbano; donde la apuesta por el emprendimiento, la innovación, la digitalización y la capacitación contribuya al desarrollo de nuestros pueblos, y enel que la sostenibilidad y el fomento del turismo, se convierta en una seña de identidad de la Provincia, para atraer inversión y desarrollo económico. Serán las encargadas de desarrollar las políticas de este eje, las Áreas de Fomento, Desarrollo Rural y Sostenibilidad, Transformación Digital y Turismo, junto con las Entidades del Sector Público Provincial responsables de la gestión del ciclo del agua, las sensibilización y educación ambiental, la recogida de residuos sólidos urbanos y el fomento del turismo, articuladas a través del Consorcio de Gestión de Servicios Medioambientales y el Patronato Provincial de Turismo y Tauromaquia.”
Por consiguiente, la Diputación de Badajoz dentro del ámbito de sus competencias tiene entre sus objetivos el fomento del emprendimiento y la empleabilidad, la innovación, la dinamización económica y comercial, el impulso a la pequeña y mediana empresa, la presentación y promoción de productos y servicios multisectoriales relacionados con la agricultura, la ganadería, la artesanía, el turismo, la industria o los servicios y, en definitiva, la puesta en valor de los todos aquellos recursos propios de los municipios integrantes de la provincia de Badajoz.
Para ello, el posicionamiento de la imagen de marca de la provincia de Badajoz vinculada a la organización y el patrocinio de todas aquellas acciones tendentes a visibilizar este tipo de actividades dentro de los distintos medios y soportes de comunicación existentes representa un verdadero interés para la Diputación de Badajoz, al contribuir tanto al conocimiento y el desarrollo de los distintos valores y recursos representativos de nuestra Provincia, como a la generación de empleo, riqueza, fijación de la población, atracción de visitantes e inversión y, en definitiva, en beneficio del desarrollo socio-económico de la provincia de Badajoz y de sus municipios y, por ende, de sus habitantes.
Igualmente, resultan de especial interés para la Diputación de Badajoz todas aquellas acciones tendentes a la transferencia de conocimiento, capacitación, formación y sensibilización como el instrumento más eficaz para la protección de uno de los valores más representativos de nuestra Provincia como son nuestros recursos naturales y nuestro medio ambiente.
Pero igualmente, y en cuanto a la dinamización económica de la provincia, cobra especial relevancia en la actualidad todo lo relacionado con la promoción del turismo sostenible, de experiencias, saludable, de agua, de conocimiento y de ocio, disfrute y esparcimiento instrumentado sobre la celebración de ferias comerciales y sectoriales, eventos gastronómicos, desarrollo de una red de alojamientos rurales y circuitos de destinos turísticos inteligentes, así como de cualquier tipo de actuación que contribuya a la puesta en valor de los recursos más autóctonos, endógenos y característicos de la provincia de Badajoz como un elemento clave para el fortalecimiento del mundo rural y la lucha contra la despoblación en nuestros pueblos.
CRITERIOS PARA LA FIJACIÓN DEL IMPORTE DEL PATROCINIO.
El contrato de patrocinio publicitario se califica como oneroso, sinalagmático y conmutativo, esto es, se basa en la existencia de obligaciones ciertas y equivalentes entre las partes.
Por ello, las contraprestaciones derivadas de estos acuerdos deberán quedar suficientemente especificadas y constatadas en el expediente administrativo electrónico, que deberá contener, además, la documentación que rija el contrato. Así, la aportación económica vendrá determinada por la entidad de la colaboración en la publicidad de esta Diputación de Badajoz.
Con tal propósito, a continuación se define la metodología a aplicar al respecto:
Determinación del importe del patrocinio:
El centro gestor, una vez recibida la solicitud y propuesta de patrocinio, procederá a la evaluación y valoración económica del “retorno publicitario” propuesto, al objeto de determinar el precio del contrato, de lo cual quedará debida constancia a través del Informe-propuesta en el Anexo III.
Asimismo, el centro gestor podrá seleccionar, de entre las acciones propuestas, aquellas que más se ajusten en cada momento a los intereses provinciales; en tal sentido, el valor económico de la propuesta presentada podría ser mayor al importe que la Diputación de Badajoz estime necesario contratar para la satisfacción de sus necesidades.
Verificación de la equivalencia de las prestaciones entre las partes:
Para la consecución de tal fin, se aplicarán una serie de criterios, parámetros, y conceptos que se recogen en el Reglamento de patrocinios. A estos conceptos se les asignará una puntuación, que deberá multiplicarse por el valor del punto (25 €), para hallar el importe del patrocinio sin I.V.A.
TRAMITACIÓN DEL CONTRATO DE PATROCINIO.
De los procesos de adjudicación.
Los procedimientos de adjudicación más habituales, debido a la naturaleza y objeto de este tipo de contratos, serán la adjudicación directa a través de un contrato menor según lo dispuesto en el art. 131.3 LCSP, con la atención debida a aquellas especialidades que la Administración actuante en base a su potestad reglamentaria hubiera considerado oportuno aprobar; y el procedimiento negociado sin publicidad previsto en el art. 168. a. 2ª de la misma norma.
Por ello, para la validez del patrocinio, se requerirá la formalización previa del correspondiente Contrato de Patrocinio, conforme al Anexo IV, por medio del cual se establecerán los términos esenciales y las obligaciones a asumir por cada una de las partes.
Tramitación
El expediente de patrocinio se inicia con la presentación del Anexo I- Solicitud de Patrocinio por el interesado, a la que deberá acompañarse preceptivamente la siguiente documentación:
- Memoria explicativa del evento a desarrollar.
- Propuesta de Patrocinio, según modelo establecido en el Anexo II de la presente norma, al objeto de permitir al centro gestor actuante la valoración económica del retorno publicitario ofertado.
El importe de esta valoración del retorno publicitario quedará reflejado en el Informe-Propuesta de Patrocinio (Anexo III), que deberá constar firmado electrónicamente por el Jefe de Servicio o responsable administrativo del centro gestor que inicie el expediente.
Finalmente, y previa licitación electrónica en el caso del procedimiento negociado sin publicidad, se formalizará el correspondiente Contrato de Patrocinio (Anexo IV), documento por medio del cual ambas partes, patrocinador y patrocinado, asumen el compromiso del cumplimiento de los términos manifestados previamente en los Anexos II y III de las presentes normas.
Terminación y justificación del contrato.
En cuanto al cumplimiento del contrato, con carácter previo al reconocimiento de la obligación, deberá quedar debidamente justificado el cumplimiento de aquellos parámetros a los que se comprometió la entidad patrocinada por medio de la formalización del contrato de patrocinio suscrito entre las partes.
No obstante, a efectos de ejecución y facturación se tendrá en cuenta que, en el caso de que el adjudicatario del patrocinio no haya cumplido con exactitud las prestaciones previstas en el Anexo II y no pueda justificar otra serie de prestaciones equivalentes a estas, deberán deducirse los importes correspondiente a los servicios/prestaciones no realizados en el momento de abonar el importe del citado contrato.
Finalmente, para el caso de que el adjudicatario del patrocinio no haya cumplido su compromiso en los términos acordados, podrá sustituirlos por otros, previa conformidad del centro gestor del contrato sin modificar el importe del mismo, todo ello de conformidad con los importes fijados en las Normas Generales del I Plan de Patrocinio 2021-2023 de la Diputación de Badajoz, aprobado por el Ilmo. Sr. Presidente
Las actividades susceptibles de ser patrocinadas por la Diputación de Badajoz, en el ámbito de sus competencias, deberán satisfacer, de forma directa o indirecta, la consecución de un determinado interés público en beneficio de la provincia de Badajoz y sus habitantes.
Asimismo, podrán ostentar la condición de patrocinado aquellas personas físicas o jurídicas con plena capacidad de obrar sometidas tanto a derecho público como privado, españolas o extranjeras, que desarrollen actividades que fomenten los valores indicados en el reglamento de patrocinio de la Diputación de Badajoz y que cumplan con los siguientes requisitos:
Entre las materias objeto de patrocinio se encuentran las siguientes: