Información sobre Protección de datos
Responsable del tratamiento: Diputación Provincial de Badajoz
c/ Obispo San Juan de Rivera, 6 - 06071 - Badajoz
Teléfono: 924 212 400
Email: oac@dip-badajoz.es
Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Teléfono: 924 212 237
Email: dpd@dip-badajoz.es
Autoridad de Control
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
C/ Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID
Finalidad del tratamiento: Servicio de atención telemática de la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.
Base jurídica del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Destinatarios de cesiones o transferencias: No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.
Derechos de los afectados : • Derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos. • Derechos de limitación u oposición al tratamiento. • Derecho a reclamar ante la autoridad de control.
Información adicional: http://www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php
La persona interesada autoriza el tratamiento de sus datos de carácter personal con la única y exclusiva finalidad de gestionar y realizar las actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada.
Asimismo, la persona interesada queda informada sobre la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal frente a la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz. c/ Felipe Checa, 23 - 06071 Badajoz.
Igualmente, la Diputación de Badajoz le informa que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Centro Gestor: Prevención y Extinción Incendios - CPEI - -
Subvención, en régimen de cncurrencia competitiva ordinaria, para la financiación de gastos corrientes de funcionamiento de las agrupaciones de bomberos voluntarios de la provincia de Badajoz, y gastos de capital necesarios para el mantenimiento y el desempeño del servicio de voluntariado.
Tendrá prioridad en la asignación y el importe de las ayudas las agrupaciones situadas en las zonas de mayor riesgo potencial ante siniestros (zona A en esta convocatoria designándose como zona B a las de menor riesgo):
Municipios prioritarios que conforman la Zona A: Garlitos, Puebla de Alcocer, Capilla, Siruela, Helechosa de los Montes, Tamurejo, Peñalsordo, Esparragosa de Lares, El Risco, Orellana de la Sierra, Zarza-Capilla, Fuente de Cantos, Villarta de los Montes, Orellana la Vieja, Monasterio, San Vicente De Alcántara, Navalvillar de Pela, Peraleda del Zaucejo, Sancti-Spiritus, Salvaleón, Talarrubias, Villanueva del Fresno, Baterno, Garbayuela, Cabeza del Buey, La Albuela, Castilblanco, Bancarrota, Casas de Don Pedro, Valencia del Mombuey, Valdecaballros, Guareña, Santa Marta de los Barros
Municipios de menor riesgo que conforman la zona B. Estarán incluidos todos los demás municipios del ámbito territorial operativo del CPEI.
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA: 120.000,00 €.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Los posibles destinos o campos de aplicación de las subvenciones son los siguientes:
Serán gastos subvencionables con cargo a la aplicación presupuestaria 211/94213/46200 y 211/13600/48001, de transferencias corrientes, aquellos que, realizándose entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022, correspondan a alguno de los siguientes conceptos:
Y serán gastos subvencionables con cargo a la aplicación presupuestaria 211/94213/76200 y 211/13600/78000, de transferencias de capital, aquellos que, realizándose también entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022, correspondan a alguno de los siguientes conceptos:
SOLICITUD DE LA SUBVENCIÓN:
- Las solicitudes se tramitarán por vía electrónica exclusivamente mediante su presentación a través de la SEDE.
- Se deberá presentar la siguiente documentación:
Serán requisitos para obtener la condición de beneficiario:
a. No estar incursos en prohibición para obtener la condición de beneficiario a que se refiere el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b. En relación al cumplimiento de las obligaciones por reintegro a efectos de la obtención de la condición de beneficiario, se considerará que los beneficiarios o las entidades colaboradoras se encuentran al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones cuando no tengan deudas con la Administración concedente por reintegros de subvenciones en período ejecutivo o , en el caso de beneficiarios contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en periodo voluntario. Asimismo, se considerará que los beneficiarios y entidades colaboradoras se encuentran al corriente en el pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado la suspensión con ocasión de la impugnación de la correspondiente resolución de reintegro.
1 mes, a partir de la publicación del extracto de la convocatoria de la BDNS en el Boletín Oficial de la Provincia.......29 de julio de 2022