Diputación de Badajoz

Información sobre Protección de datos

Responsable del tratamiento: Diputación Provincial de Badajoz

c/ Obispo San Juan de Rivera, 6 - 06071 - Badajoz
Teléfono: 924 212 400
Email: oac@dip-badajoz.es

 

Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez

Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Teléfono: 924 212 237
Email: dpd@dip-badajoz.es

 

Autoridad de Control

Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)

C/ Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID

 

Finalidad del tratamiento: Servicio de atención telemática de la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.

Base jurídica del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Destinatarios de cesiones o transferencias: No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.

Derechos de los afectados : • Derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos. • Derechos de limitación u oposición al tratamiento. • Derecho a reclamar ante la autoridad de control.

Información adicional: http://www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php

La persona interesada autoriza el tratamiento de sus datos de carácter personal con la única y exclusiva finalidad de gestionar y realizar las actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada.

Asimismo, la persona interesada queda informada sobre la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal frente a la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz. c/ Felipe Checa, 23 - 06071 Badajoz.

Igualmente, la Diputación de Badajoz le informa que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.

 
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Catálogo de servicios y ayudas a Municipios.

Asesoramiento y asistencia económica, contable y/o presupuestaria

Centro Gestor: COOPERACIÓN MUNICIPAL Y ATENCIÓN A ALCALDES Y ALCALDESAS -

A) Asesoramiento y asistencia económica, relativa a actuaciones diversas como:

  • Cálculo de Estabilidad Presupuestaria y regla de gasto (en aprobación y liquidación del presupuesto).
  • Remisión de información periódica a la plataforma del Ministerio de Hacienda (trimestrales, liquidación, periodo medio de pago a proveedores, morosidad, plan presupuestario a medio plazo, líneas fundamentales del presupuesto, seguimiento de planes, etc.)
  • Dar respuesta a posibles requerimientos del Ministerio de Hacienda.
  • Verificar el cumplimiento de requisitos asociados a la concesión de operaciones de endeudamiento a corto y largo plazo.
  • Otras consultas de carácter económico que puedan surgir, no contempladas en puntos anteriores.

 

B) Asesoramiento contable y asistencia en la elaboración parcial o total de los estados contables, pudiendo conllevar el registro de operaciones asociadas al presupuesto de ingresos, al presupuesto de gastos y/o de operaciones no presupuestarias.

Si, una vez iniciada la actuación, se detectan deficiencias estructurales en la sistemática contable de la entidad local, se asesorará a la misma respecto a los posibles cambios a introducir, o la conveniencia de usar ciertos módulos contables, como pueden ser el módulo de pasivo, el módulo de proyecto de gastos con financiación afectada, el módulo de subvenciones o la adhesión al programa confi@.

 

C) Asesoramiento para la elaboración del presupuesto y/o la sistemática a seguir pare estimar las previsiones de ingresos y gastos. Podrá facilitarse el material de trabajo que pudiese ser de utilidad para la realización de dichos trabajos, así como prototipo de expediente de aprobación de presupuesto para la confección del mismo por parte de la Secretaría-Intervención de la entidad local.

Plazo de solicitud: Permanentemente abierto

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
  • Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto articulado de las disposiciones vigentes en materia de Régimen local.
  • Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  • Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales en materia de presupuestos.
  • Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la instrucción del modelo normal de contabilidad local.
  • Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las Entidades Locales.

 

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