Diputación de Badajoz

Información sobre Protección de datos

Responsable del tratamiento: Diputación Provincial de Badajoz

c/ Obispo San Juan de Rivera, 6 - 06071 - Badajoz
Teléfono: 924 212 400
Email: oac@dip-badajoz.es

 

Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez

Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Teléfono: 924 212 237
Email: dpd@dip-badajoz.es

 

Autoridad de Control

Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)

C/ Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID

 

Finalidad del tratamiento: Servicio de atención telemática de la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.

Base jurídica del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Destinatarios de cesiones o transferencias: No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.

Derechos de los afectados : • Derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos. • Derechos de limitación u oposición al tratamiento. • Derecho a reclamar ante la autoridad de control.

Información adicional: http://www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php

La persona interesada autoriza el tratamiento de sus datos de carácter personal con la única y exclusiva finalidad de gestionar y realizar las actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada.

Asimismo, la persona interesada queda informada sobre la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal frente a la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz. c/ Felipe Checa, 23 - 06071 Badajoz.

Igualmente, la Diputación de Badajoz le informa que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.

 
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Catálogo de servicios y ayudas a Municipios.

(nuevo) Plan de EMPLEO Provincial MODIFICADO 2025

Centro Gestor: FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN PARA EL EMPLEO - Capacitación para el Empleo y Formación Profesional

Este Plan, en la modalidad de concurrencia no competitiva y como convocatoria ordinaria, favorecer el crecimiento económico y social de la provincia, y promueve el impulso, la solidaridad y el reequilibrio intermunicipal y territorial entre sus pueblos. La Diputación refuerza su compromiso con la generación de empleo mediante la implementación de políticas públicas que fomenten la actividad económica, mejoren la cohesión territorial y contribuyan al desarrollo sostenible del entorno rural y urbano.

 

DOTACIÓN PRESUPUESTARIA                                                                       

10.139.787,93 €

Las cuantías asignadas a cada entidad local se detallan en el ANEXO I

 

GASTOS SUBVENCIONABLES                                                     

  • Financiar la contratación de personas preferentemente desempleadas y demandantes de empleo.
  • Las actuaciones deben:
    • Ser competencia de las entidades locales.
    • Ejecutarse en régimen de administración directa.

Conceptos subvencionables

  • Costes laborales de las personas contratadas.
  • Cuota patronal a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta.
  • Indemnización por vacaciones no disfrutadas
  • Indemnización por finalización del contrato

Modalidades contractuales permitidas

  • Contrato vinculado a programas de activación para el empleo
    (Ley 3/2023, disposición adicional 9.ª)
  • Cualquier otra modalidad prevista en el Estatuto de los Trabajadores,
    excepto relaciones laborales especiales del artículo 2.

Selección del personal

  • Corresponde a la entidad beneficiaria.
  • Debe garantizar: Transparencia, Publicidad e Igualdad de oportunidades
  • Al menos el 50 % mujeres y únicamente en el supuesto de que no existieran candidatas femeninas disponibles tras el procedimiento de selección correspondiente, se podrá proceder a la contratación de candidatos masculinos. Tales circunstancias deberán quedar debidamente acreditadas.

Condiciones del contrato

  • Duración, número y jornada a decidir por la entidad.
  • Jornada laboral: Completa o parcial, pero no inferior al 50 %.
  • Retribución: al menos el SMI vigente.

Periodo subvencionable

  • Contratos formalizados y finalizados entre: 15 de junio de 2025 y 15 de junio de 2026
  • Órdenes de pago: emitidas y abonadas antes del 30 de junio de 2026.

 Compatibilidad con otras ayudas

  • Compatible con otras subvenciones con la misma finalidad.
  • El importe total no puede superar el coste efectivo de la actividad subvencionada (art. 19.3, Ley 38/2003, General de Subvenciones).

Relación laboral

  • No se establece relación laboral alguna con la Diputación de Badajoz.

 

SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN                                           

Se presentarán únicamente por SEDE ELECTRÓNICA de Diputación de Badajoz, con la firma electrónica requerida

  • ANEXO II. Solicitud
  • ANEXO III. Declaración responsable

Las solicitudes de subvención ya presentadas por los ayuntamientos al amparo de las bases reguladoras publicadas el 31 de julio de 2025 (BOP n.º 145) conservarán plena validez y serán tramitadas conforme a las presentes bases modificadas, sin necesidad de nueva presentación. No obstante, los ayuntamientos que no hubieran participado en la convocatoria anterior, o que deseen modificar la solicitud presentada, podrán registrarla siguiendo el procedimiento establecido en esta base.

RESOLUCIÓN                                                                                                  

3 meses a contar desde la fecha de finalización de presentación de solicitudes.

 

 

SUBSANACIÓN DE SOLICITUDES                                                                

  • 1º) Si una solicitud no incluye la declaración responsable general o esta no está bien cumplimentada, o si faltan los certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, se requerirá a la entidad solicitante para que subsane la documentación en un plazo de 10 días hábiles.
  • 2º) Si una solicitud no incluye la declaración responsable general o esta no está bien cumplimentada, o si faltan los certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, se requerirá a la entidad solicitante para que subsane la documentación en un plazo de 10 días hábiles.
  • 3º) La subsanación deberá realizarse a través del registro electrónico mediante el trámite ANEXO VI. Remisión electrónica de documentación para subsanación de la solicitud.

 

CRITERIOS DE ASIGNACIÓN Y CUANTÍAS RESULTANTES                        

***** Las cuantías asignadas a cada entidad local se detallan en el ANEXO I ***

La asignación se realizará en función del número de habitantes de cada municipio, tomando como referencia el umbral de 5.000 habitantes.

  • Municipios con 5.000 habitantes o menos: cantidad fija de 44.537,80 €.

Cuantía garantiza la contratación de al menos DOS personas a jornada completa, con retribuciones ajustadas al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente e incluyendo las correspondientes cuotas patronales a la Seguridad Social. No obstante, en función de la planificación que realice cada ayuntamiento, esta cuantía puede optimizarse mediante fórmulas flexibles de contratación, como la reducción de jornada o la modulación en la duración de los contratos, lo que permite redistribuir los recursos disponibles en función de las prioridades y necesidades específicas del municipio

  • Municipios con más de 5.000 habitantes: cantidad proporcional a su población, con un límite máximo de 531.306,35 €
  • Las cuantías preasignadas a cada municipio (ANEXO I) se concederán previa solicitud, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.
  • Las entidades locales pueden renunciar parcialmente al importe que les corresponda, indicando en su solicitud una cantidad inferior. Si no presentan la solicitud en plazo o no atienden al requerimiento de subsanación, se entenderá que renuncian o desisten del crédito asignado.
  • El remanente no será redistribuido entre el resto de entidades beneficiarias.

 

PAGO DE LA SUBVENCIÓN                                                                           

Es aplicable la regla del pago previo con posterior justificación de los fondos.

  • El pago se realizará mediante transferencia bancaria en dos plazos:

    • Primer pago: tras la resolución de concesión, por el importe correspondiente a la anualidad 2025.
    • Segundo pago: dentro de los tres primeros meses de 2026, por el importe asignado a ese ejercicio.
  • El segundo pago estará condicionado a que la entidad beneficiaria esté al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Diputación de Badajoz.

    • Si la entidad no se opuso en su solicitud (Anexo II), el órgano gestor podrá obtener directamente los certificados telemáticos, sin necesidad de aportación expresa.
    • Si los presenta la entidad, las certificaciones deberán estar emitidas a partir del 1 de enero de 2026.
  • Estas subvenciones están exentas de la obligación de constituir aval, seguro de caución o cualquier otra garantía financiera.

 

JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN                                         

Tipo de justificación: Cuenta justificativa con certificado del/a Interventor/a o Secretario/a-Interventor/a.

A. Plazo de justificación

  • Desde que los contratos estén finalizados y liquidados.
  • Hasta el 30 de septiembre de 2026 (fecha límite).

B. Forma de presentación

  • A través del trámite de sede electrónica "Remisión de documentación para la justificación de la subvención del Plan de Activación del Empleo Local de 2025” (Anexo V).

C. Importe a justificar

  • Todo el importe concedido por Diputación.
  • Si hay cofinanciación con otros fondos, debe acreditarse también su importe, procedencia y destino.

D. Documentación justificativa

 D.1 Memoria (firmada por la entidad)

Debe incluir:

  • Contrataciones realizadas y actividades desarrolladas.
  • Resultados para los servicios locales.
  • Datos desagregados por sexo.
  • Difusión del apoyo de la Diputación (webs, notas, vídeos...).
  • Detalle de otras fuentes de financiación si las hubiera.

 D.2 Económica

  • Anexo VI. Certificado de Intervención (con V.ºB.º del representante).
  • Carta de pago que refleje el ingreso recibido.
  • Si hay remanente:
    • Justificante del reintegro a Diputación + intereses.

E. Prórroga del plazo de justificación

  • Se puede solicitar, con justificación motivada, antes del 30 de septiembre de 2026.
  • Puede ampliarse hasta el 31 de octubre de 2026, si no hay perjuicio a terceros.

F. Incumplimiento del plazo

  • Si no se justifica en plazo, se requerirá presentar la documentación en 15 días improrrogables.

  • Municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz que las soliciten en plazo y forma, y en los que no concurra ninguna de las prohibiciones para obtener tal condición, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, extremo que acreditarán mediante declaración responsable (anexo III) presentada junto con la solicitud de la subvención.
  • Deberán asimismo no tener deudas pendientes con Diputación en periodo ejecutivo, aspecto que se comprobará de oficio por el órgano instructor, salvo oposición al respecto por parte de la entidad solicitante, que deberá aportar en este caso junto con su solicitud el correspondiente certificado de la Tesorería Provincial.

 

OBLIGACIONES

Las entidades que reciban la subvención deberán cumplir, además de lo establecido en la normativa general, las siguientes obligaciones:

  1. Ejecutar la actividad subvencionada
    Realizar las actuaciones conforme a lo previsto en las bases.
  2. Permitir el control y seguimiento
    Facilitar a la Diputación las tareas de inspección y verificación.
  3. Guardar la documentación justificativa
    Conservar todos los documentos (también en formato digital) que acrediten el uso de los fondos.
  4. Dar visibilidad a la subvención recibida
    Mencionar y visibilizar el apoyo de la Diputación en notas de prensa, webs, entrevistas, vídeos, etc., usando su imagen corporativa.
    (Logos disponibles en formato .SVG y .PNG en la web de la Diputación).
  5. Informar sobre otras ayudas
    Comunicar cualquier otra subvención solicitada o concedida para el mismo fin, tanto al presentar la solicitud como si se obtiene más adelante.
  6. Aplicar perspectiva de género
    Recoger y presentar datos desagregados por sexo (hombres y mujeres) en encuestas, estadísticas o informes relacionados con la actividad subvencionada.
  7. Cumplir el resto de condiciones
    Respetar cualquier otra obligación prevista en las bases de la convocatoria.

Plazo de solicitud: Cerrado
Desde el 03-09-2025 hasta el 12-09-2025

 

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