Diputación de Badajoz

Información sobre Protección de datos

Responsable del tratamiento: Diputación Provincial de Badajoz

c/ Obispo San Juan de Rivera, 6 - 06071 - Badajoz
Teléfono: 924 212 400
Email: oac@dip-badajoz.es

 

Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez

Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Teléfono: 924 212 237
Email: dpd@dip-badajoz.es

 

Autoridad de Control

Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)

C/ Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID

 

Finalidad del tratamiento: Servicio de atención telemática de la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.

Base jurídica del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Destinatarios de cesiones o transferencias: No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.

Derechos de los afectados : • Derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos. • Derechos de limitación u oposición al tratamiento. • Derecho a reclamar ante la autoridad de control.

Información adicional: http://www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php

La persona interesada autoriza el tratamiento de sus datos de carácter personal con la única y exclusiva finalidad de gestionar y realizar las actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada.

Asimismo, la persona interesada queda informada sobre la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal frente a la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz. c/ Felipe Checa, 23 - 06071 Badajoz.

Igualmente, la Diputación de Badajoz le informa que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.

 
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Catálogo de servicios y ayudas a Municipios.

(nuevo) DINAMIZACIÓN CULTURAL 2026

Centro Gestor: IDENTIDAD CULTURAL, DEPORTE Y JUVENTUD, BIENESTAR SOCIAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL - Actividades Culturales y Deportivas

Convocatoria abierta del Plan Provincial de Cooperación para el Programa de Dinamización Cultural 2026

Es una convocatoria de subvenciones para que los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz puedan realizar actividades culturales dentro del Plan Provincial de Cooperación para el Programa de Dinamización Cultural 2026. Cada entidad podrá realizar HASTA TRES ACTIVIDADES CULTURALES incluidas en la “Guía de Artistas y Grupos de la Provincia de Badajoz”.

El objetivo es fortalecer la oferta cultural local, acercarla a los ciudadanos y fomentar la participación. Las acciones seleccionadas deben contribuir a estos fines.

 

DOTACIÓN PRESUPUESTARIA                                                                     

La dotación total máxima de esta convocatoria es de 785.000 €.

Todas las solicitudes válidas recibirán subvención hasta agotar el crédito total.
Límites individuales:

  • 1.500 € por actividad si es con grupos profesionales.
  • 1.000 € por actividad si es con asociaciones o grupos no profesionales.

 

GASTOS SUBVENCIONABLES                                                                      

Solo se subvencionan gastos de caché de los artistas o grupos contratados elegidos de la Guía de Artistas y Grupos de la Provincia de Badajoz.

  • Deben estar realizados entre 1 de enero y 30 de octubre de 2026.
  • Ser efectivamente pagados antes del 10 de noviembre de 2026.
  • No superar el coste real de mercado ni duplicarse con otras subvenciones.
  • No se admitirán pagos en metálico.

 

SOLICITUDES Y PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN                            

--------------------- La tramitación se realiza a través de la SEDE ELECTRÓNICA de la Diputación de Badajoz--------------------------

>>>>> Comunicación de actividad

  • Antes de cada actividad, enviar el Anexo I con al menos 15 días naturales de antelación a su celebración.
  • Este trámite es obligatorio para poder solicitar la subvención posteriormente.

El Área Funcional de Cultura, Deporte y Juventud, Bienestar Social y Cooperación Internacional enviará al Ayuntamiento mediante correo electrónico la cartelería relativa al Programa para su difusión en la localidad.

>>>>> Solicitud de subvención

Después de realizar la actividad y pagar la factura, se presenta en el plazo de 1 mes desde la realización de cada actividad (o hasta 10 de noviembre si la actividad fue entre 10 y 30 de octubre).

Documentación a presentar con el Anexo II. Solicitud de la subvención:

  • Declaración responsable (Anexo III).
  • Certificación contable con visto bueno del Alcalde (Anexo IV).
  • Factura abonada y justificante de pago.

Criterios de otorgamiento y distribución                                    

Estas ayudas se conceden en concurrencia no competitiva, esto es, no se establece prelación entre solicitantes. Todas las solicitudes válidas reciben subvención hasta agotar el crédito total.
Límites individuales:

  • 1.500 € por actividad si es con grupos profesionales.
  • 1.000 € por actividad si es con asociaciones o grupos no profesionales.

 

Resolución de la convocatoria                                                    

La resolución de concesión se hará por la Presidenta de la Diputación. Se prevén dos resoluciones parciales:

  • Hasta solicitudes presentadas hasta 31 de julio → resolución antes del 31 de octubre de 2026 (máx. 650.000 €).
  • Hasta solicitudes presentadas hasta 10 de noviembre → resolución antes del 31 de diciembre de 2026 (máx. 135.000 €).

Si no se agotan créditos en la primera, se incorporan a la segunda

 

Modificación de la resolución                                                                       

La normativa no recoge modificaciones específicas de la resolución, salvo recursos administrativos por las partes interesadas conforme a la Ley.

 

Plazo de ejecución y pago                                                                             

La ejecución de actividades se comprende entre 1 de enero y 30 de octubre de 2026.
El pago de la subvención se realiza por transferencia bancaria al municipio o entidad beneficiaria después de la justificación y resolución favorable.

 

Modificación del plazo de ejecución y pago                                                 

No hay previsión de modificación automática: cualquier ampliación debe solicitarse motivadamente.

 

Concurrencia con otras subvenciones                                                         

  • Es incompatible con otras subvenciones de la Diputación que tengan el mismo objeto.
  • Puede coexistir con otras ayudas de otras administraciones siempre que no supere el coste total de la actividad.

 

Pago de la subvención                                                                                     

Se realizará mediante transferencia bancaria una vez justificada la actividad y aprobada la concesión. No se exige aval ni garantía.
Los beneficiarios deben estar al corriente de sus obligaciones fiscales con Hacienda y con la Diputación al momento del pago.

 

Justificación de la subvención

  • Presentar junto a la solicitud de subvención los anexos III y IV, la factura abonada y el justificante de pago.
  • Acreditar cualquier cofinanciación si procede.

 

Prórroga de la justificación                                                                           

Si por causas excepcionales no puede presentarse en plazo, se puede solicitar prórroga motivada antes de que venza el plazo de justificación.

 

Indicadores de resultado y actividad e identificación de los ODS            

Los ayuntamientos deberán recoger indicadores como los que a continuación se indican para valuar impacto cultural y social de las actividades:

  • Nº de localidades beneficiadas.
  • Nº de participantes según sexo y edad.
  • Grado de cumplimiento de objetivos.

Pueden solicitar la subvención:

  • Municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz.
  • Tener la condición de beneficiario según la Ley de Subvenciones y sin prohibiciones legales.
  • Estar al corriente en obligaciones de reintegro con la Diputación.

 

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS                                                   

Los beneficiarios deberán:

  • Realizar las actividades según lo comunicado y contratado.
  • Comunicar cualquier incidencia o cambio.
  • Facilitar controles e inspecciones.
  • Incorporar el logo de la Diputación en toda difusión de la actividad.
  • Comunicar si han recibido otras subvenciones para la misma actividad.
  • Mantener la contabilidad de las operaciones.
  • Participar en campañas de divulgación si se solicita.

Plazo de solicitud: Permanentemente abierto
  • Las comunicaciones de la/s actividad/es podrán presentarse a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y con, al menos, 15 días naturales de antelación a la celebración de la actividad.
  • El plazo para presentar la solicitud de subvención y la documentación requerida será de 1 mes a contar a partir del día siguiente al de la celebración de la actividad.
  • En el supuesto de que la actividad se celebre desde el día 1 de noviembre de 2025 hasta el día 20 de noviembre de 2025, el plazo para presentar la solicitud de subvención y la documentación requerida finalizará en todo caso el día 30 de noviembre de 2025.

 

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