Información sobre Protección de datos
Responsable del tratamiento: Diputación Provincial de Badajoz
c/ Obispo San Juan de Rivera, 6 - 06071 - Badajoz
Teléfono: 924 212 400
Email: oac@dip-badajoz.es
Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Teléfono: 924 212 237
Email: dpd@dip-badajoz.es
Autoridad de Control
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
C/ Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID
Finalidad del tratamiento: Servicio de atención telemática de la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.
Base jurídica del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Destinatarios de cesiones o transferencias: No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.
Derechos de los afectados : • Derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos. • Derechos de limitación u oposición al tratamiento. • Derecho a reclamar ante la autoridad de control.
Información adicional: http://www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php
La persona interesada autoriza el tratamiento de sus datos de carácter personal con la única y exclusiva finalidad de gestionar y realizar las actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada.
Asimismo, la persona interesada queda informada sobre la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal frente a la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz. c/ Felipe Checa, 23 - 06071 Badajoz.
Igualmente, la Diputación de Badajoz le informa que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Centro Gestor: ECONOMÍA SOSTENIBLE, CONTRATACIÓN ESTRATÉGICA Y PATRIMONIO - Tesorería
Convocatoria del fondo financiero de anticipos reintegrables a entidades locales de la provincia de Badajoz con el que desarrollar, mediante una ayuda monetaria única, la colaboración financiera con dichas corporaciones, estableciéndose para ello 4 líneas de actuación en las modalidades de anticipos reintegrables sin coste de intereses:
El Fondo es gestionado por la Tesorería General y funciona como un anticipo reintegrable sin intereses, es decir, el Ayuntamiento recibe una cantidad económica que deberá devolver posteriormente, pero sin pagar intereses.
Estos anticipos se conceden tomando como referencia los ingresos que la entidad local recibe a través del OAR por la recaudación de tributos y otros ingresos públicos delegados.
La devolución se realiza automáticamente mediante descuentos en las entregas periódicas (mensuales o trimestrales) que el OAR abona al Ayuntamiento.
El importe a devolver en cada cuota se calcula dividiendo:
Para garantizar el reintegro, la entidad local debe autorizar expresamente:
Finalmente, la Comisión de Valoración analizará si las garantías ofrecidas son suficientes antes de aprobar la concesión del anticipo.
DOTACIÓN DEL FONDO
7.000.000,00 €, y será financiado con la aportación del OAR de la Diputación Provincial de Badajoz.
Cuantía máxima del anticipo reintegrable:
La cantidad máxima que puede solicitar cada entidad local dependerá, principalmente, de su capacidad económica y de los ingresos que recibe a través del OAR. El cálculo se realiza teniendo en cuenta:
Además, existen unos límites máximos:
SOLICITUDES: (exclusivamente a través de Sede Electrónica de OAR)
Las entidades locales interesadas en participar en la presente convocatoria podrán presentar su solicitud para concurrir por una o varias líneas de colaboración, en solicitudes independientes determinando el orden de prelación de las mismas, de acuerdo a los anexos incluidos en estas bases, sin que en ningún caso el importe total de todas sus solicitudes exceda de 800.000,00 euros, ni de las cuantías máximas descritas en la base séptima de la presente convocatoria.
LÍNEA 1
LÍNEA 2
LÍNEA 3
LÍNEA 4
SUBSANACIÓN Y AMPLIACIÓN DE PLAZOS
Si la solicitud está incompleta o falta documentación, se requerirá al Ayuntamiento para que corrija los errores o aporte la documentación que falte en el plazo de 10 días hábiles desde la notificación. Si no se presenta la documentación en ese plazo se entenderá que la entidad desiste de la solicitud y el expediente podrá archivarse.
DISTRIBUCIÓN DEL FONDO
Si la suma de las cantidades solicitadas por las entidades que se acojan al presente fondo, corregidas en sus límites máximos cuando fuera necesario, es superior a la cuantía total del Fondo, se concederá a cada entidad local la cantidad resultante de multiplicar la cantidad solicitada o corregida por el resultado de dividir el importe total del Fondo entre la suma total de las cuantías solicitadas y corregidas.
EELL1= S1x (F/Sn).
F: Cuantía del fondo.
S1: Cantidad solicitada por la entidad local 1, corregida cuando fuese necesario.
Sn: Suma total de las cantidades solicitadas por todas las entidades, corregidas en su caso conforme a la base 7.
EELL1: Anticipo a conceder a la entidad local 1.
REINTEGRO DEL ANTICIPO
El reintegro del anticipo se realizará automáticamente mediante descuentos en las entregas a cuenta que el OAR realiza periódicamente a las entidades locales. El primer descuento se aplicará en la siguiente entrega a cuenta después del pago del anticipo, pudiendo las cuotas ser mensuales o trimestrales según el sistema de pagos que tenga cada entidad con el OAR.
Los plazos máximos de devolución serán:
Si excepcionalmente no pudieran realizarse los descuentos sobre las entregas a cuenta, el OAR podrá practicar retenciones sobre otros pagos o liquidaciones a favor de la entidad local. Además, si la entidad deja de tener convenio con el OAR antes de devolver totalmente el anticipo, deberá reintegrar inmediatamente la cantidad pendiente. La Diputación también podrá practicar descuentos sobre cualquier pago que deba realizar a la entidad.
Las entidades locales podrán devolver anticipadamente total o parcialmente el anticipo concedido. En caso de devolución parcial, se mantendrá la misma cuota periódica fijada inicialmente, recalculándose únicamente el tiempo restante hasta completar la devolución total.
REQUISITOS GENERALES PARA TODAS LAS LÍNEAS DE ANTICIPO
Todas las entidades solicitantes deben:
Además, Diputación u OAR podrán pedir documentación adicional si la consideran necesaria.
REQUISITOS ESPECÍFICOS SEGÚN LA LÍNEA DE PRÉSTAMO
Línea 1. Préstamos de mandato
Pensada para saneamiento económico o gastos corrientes urgentes.
La entidad debe:
Si se solicita para cubrir un remanente de tesorería negativo:
Línea 2. Financiación de inversiones
Destinada a obras, infraestructuras o inversiones municipales.
La entidad debe:
No podrán acceder determinadas entidades con incumplimientos financieros graves, planes de ajuste incumplidos o restricciones legales vigentes.
Línea 3. Sustitución de préstamos
Sirve para refinanciar préstamos ya existentes y mejorar condiciones financieras.
La operación debe:
En esta línea:
Línea 4. Operaciones de Tesorería
Pensada para necesidades temporales de liquidez.
La entidad debe:
Si el presupuesto está prorrogado, deberá acreditarse la cancelación o compromiso de cancelación de operaciones de tesorería anteriores.
DESTINO DEL FONDO
El dinero concedido mediante el FEAR debe utilizarse obligatoriamente para la finalidad concreta para la que fue solicitado dentro de cada línea de ayuda.
Para demostrarlo, el Ayuntamiento deberá enviar un certificado firmado por la Secretaría de la Entidad Local (anexo V de la convocatoria) acreditando que el dinero se ha destinado correctamente.
El plazo para presentar ese certificado es:
La documentación deberá remitirse electrónicamente a la Tesorería General de la Diputación de Badajoz.