Información sobre Protección de datos
Responsable del tratamiento: Diputación Provincial de Badajoz
c/ Obispo San Juan de Rivera, 6 - 06071 - Badajoz
Teléfono: 924 212 400
Email: oac@dip-badajoz.es
Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Teléfono: 924 212 237
Email: dpd@dip-badajoz.es
Autoridad de Control
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
C/ Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID
Finalidad del tratamiento: Servicio de atención telemática de la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.
Base jurídica del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Destinatarios de cesiones o transferencias: No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.
Derechos de los afectados : • Derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos. • Derechos de limitación u oposición al tratamiento. • Derecho a reclamar ante la autoridad de control.
Información adicional: http://www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php
La persona interesada autoriza el tratamiento de sus datos de carácter personal con la única y exclusiva finalidad de gestionar y realizar las actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada.
Asimismo, la persona interesada queda informada sobre la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal frente a la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz. c/ Felipe Checa, 23 - 06071 Badajoz.
Igualmente, la Diputación de Badajoz le informa que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Centro Gestor: INFRAESTRUCTURAS, MOVILIDAD Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO -
El Plan de Inversiones para las Entidades Locales Menores tiene por objeto conceder subvenciones destinadas a financiar inversiones en obras, infraestructuras, equipamientos y otros bienes de capital promovidos por las entidades locales menores de la provincia de Badajoz, reforzando su capacidad inversora y contribuyendo a la mejora de las condiciones de vida de la población rural.
Objetivo
Fortalecer la autonomía local y la capacidad de inversión de las entidades locales menores, favoreciendo el desarrollo equilibrado del territorio, la cohesión social, la igualdad de oportunidades y la prestación de servicios públicos esenciales.
Finalidad
El Plan persigue especialmente:
FINANCIACIÓN Y PRESUPUESTO
REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR LA INVERSIÓN
ACTUACIONES Y GASTOS SUBVENCIONABLES
Serán actuaciones y gastos subvencionables ejecutados y pagados en el período comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de septiembre de 2027, siempre que respondan al objeto y finalidad del Plan y cumplan los requisitos establecidos en esta resolución.
Además:
SOLICITUD DE LA SUBVENCIÓN Y DOCUMENTACIÓN
Forma de presentación
Exclusivamente a través de Sede Electrónica de Diputación de Badajoz, utilizando el trámite REMISIÓN DE DOCUMENTACIÓN PARA LA SOLICITUD DEL PLAN ENTIDADES LOCALES MENORES, deberá presentarse
SUBSANACIÓN DE LA SOLICITUD
Si la solicitud o la documentación presentada está incompleta o contiene errores, la entidad dispondrá de 10 días para corregirlos o aportar la documentación requerida.
Si no atiende el requerimiento en ese plazo, se entenderá que desiste de la solicitud.
Importante: no podrá subsanarse la falta de presentación del Anexo I dentro del plazo ni su presentación en blanco cuando impida conocer si la entidad acepta la subvención. Tampoco la subsanación podrá utilizarse para modificar de forma sustancial la actuación propuesta.
CRITERIOS DE OTORGAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN
La convocatoria se tramita mediante concurrencia no competitiva.
El criterio de distribución consiste en asignar un importe fijo de 75.000 euros a cada entidad local menor incluida en la resolución provisional, atendiendo a la finalidad del Plan y a criterios de equilibrio territorial.
RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA
La resolución definitiva deberá dictarse en el plazo máximo de 3 meses a contar desde la fecha de finalización de presentación de la solicitud.
MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN
Es posible solicitar modificaciones cuando concurran circunstancias sobrevenidas o imprevisibles.
También podrán solicitarse:
La modificación deberá estar debidamente motivada y justificada y resolverá la Diputación.
PAGO DE LA SUBVENCIÓN
La subvención se abonará mediante transferencia bancaria una vez tramitada la resolución definitiva.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y PAGO
Las actuaciones deberán ejecutarse y pagarse entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de septiembre de 2027.
Solo serán subvencionables los gastos realizados y pagados dentro de dicho periodo, salvo autorización expresa de ampliación.
MODIFICACIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN Y PAGO
Podrá solicitarse ampliación del plazo cuando existan causas justificadas.
La ampliación:
CONCURRENCIA CON OTRAS AYUDAS
La subvención es compatible con otras ayudas públicas o privadas, siempre que:
JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN, PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN
Plazo: Tres meses desde la finalización del plazo de ejecución.
Forma: Presentación exclusivamente electrónica.
Documentación justificativa:
Además, según el tipo de actuación, deberá aportar:
También deberá presentar:
PRÓRROGA DE LA JUSTIFICACIÓN
Puede solicitarse mediante el Anexo II, siempre antes de finalizar el plazo de justificación.
La ampliación no podrá superar la mitad del plazo inicialmente concedido.
INDICADORES DE RESULTADO
Las entidades beneficiarias deberán informar, como mínimo, de:
Podrán ser beneficiarias las entidades locales menores de la provincia de Badajoz incluidas en la resolución provisional.
Además deberán:
OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
Entre otras:
BOP nº 145, 31/07/2026: Resolución de concesión provisional del Plan de inversiones para las entidades locales menores de la Diputación de Badajoz para el ejercicio 2026
BOP nº 145, de 31/07/2026: Extracto resolución de concesión provisional del Plan de inversiones para las entidades locales menores de la Diputación de Badajoz para 2026
La presente resolución se regirá por la siguiente normativa: