Diputación de Badajoz

Información sobre Protección de datos

Responsable del tratamiento: Diputación Provincial de Badajoz

c/ Obispo San Juan de Rivera, 6 - 06071 - Badajoz
Teléfono: 924 212 400
Email: oac@dip-badajoz.es

 

Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez

Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Teléfono: 924 212 237
Email: dpd@dip-badajoz.es

 

Autoridad de Control

Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)

C/ Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID

 

Finalidad del tratamiento: Servicio de atención telemática de la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.

Base jurídica del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Destinatarios de cesiones o transferencias: No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.

Derechos de los afectados : • Derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos. • Derechos de limitación u oposición al tratamiento. • Derecho a reclamar ante la autoridad de control.

Información adicional: http://www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php

La persona interesada autoriza el tratamiento de sus datos de carácter personal con la única y exclusiva finalidad de gestionar y realizar las actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada.

Asimismo, la persona interesada queda informada sobre la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal frente a la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz. c/ Felipe Checa, 23 - 06071 Badajoz.

Igualmente, la Diputación de Badajoz le informa que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.

 
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Catálogo de servicios y ayudas a Municipios.

(nuevo) Dotación de Equipos de Protección Individual (EPI) 2026

Centro Gestor: EMPLEADOS PÚBLICOS, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - Prevención Riesgos y Salud Laboral

Convocatoria de subvenciones en especie, en régimen de concurrencia competitiva, para la dotación de Equipos de Protección Individual (EPIs) a municipios y entidades locales menores con menos de 20.000 habitantes en la provincia de Badajoz, con objeto de mitigar riesgos laborales que no puedan evitarse por otros medios.

Se asignará una cuantía fija para cada entidad y distribuir el dinero restante de forma proporcional según los fondos de empleo autonómicos recibidos por cada una.

Se ofrecerán equipos de protección a los trabajadores contratados mediante los programas PFEA o los programas de colaboración económica municipal de empleo 2026, mitigando riesgos laborales que no puedan evitarse por otros medios. Los programas de empleo se usan solo como criterio objetivo de reparto; los municipios pueden destinar los EPIs a cualquier trabajador de su plantilla según su planificación preventiva, sin importar de dónde venga la financiación de su contrato.

 

CUANTÍA PRESUPUESTARIA 

Dotación presupuestaria total: 315.000,00 euros, repartida en:

  • 296.495,00 € para ayuntamientos.
  • 18.505,00 € para entidades locales menores

 

SOLICITUDES:  Presentación exclusivamente a través de la sede electrónica de Diputación de Badajoz

 

  • Presentación: Exclusivamente electrónica en la sede digital de la Diputación utilizando el certificado digital de la entidad
  • Documentación:
    • ANEXO I. Solicitud, que se genera automáticamente desde el trámite en Sede Electrónica.
    • ANEXO II. Declaración responsable

 

Autorización: Al solicitar se autoriza a la Diputación a consultar de oficio si se está al corriente con Hacienda y Seguridad Social; si se deniega expresamente, se debe adjuntar el Anexo IV (certificado del interventor o secretario).

CRITERIOS OBJETIVOS DE OTORGAMIENTO

  • Se asigna a cada municipio y entidad local menor solicitante una cuantía fija inicial de 1.000,00 euros.
  • El dinero restante del presupuesto se reparte proporcionalmente según los fondos percibidos por empleo (PFEA o programas de colaboración municipal 2026).
  • Esto supone:
    • Entidades locales menores: Un total de 15.000,00 € fijos (para 15 entidades) y 3.505,00 € proporcionales.
    • Ayuntamientos: Un total de 160.000,00 € fijos (para 160 ayuntamientos) y 136.495,00 € proporcionales

 

SUBSANACIÓN DE LA SOLICITUD

Si faltan datos o documentos, se concede un plazo de 10 días hábiles para corregirlos digitalmente; de lo contrario, se dará por desistida la solicitud.

 

RESOLUCIÓN

Se resolverá en un plazo máximo de 3 meses desde la finalización del plazo de solicitudes.

 

CONCURRENCIA CON OTRAS SUBVENCIONES

Dado que esta ayuda financia el 100% de la adquisición, no es compatible con ninguna otra subvención o ayuda (pública o privada) para el mismo fin

 

ENTREGA DE LA SUBVENCIÓN

  • La entrega física ocurrirá tras la resolución y una vez que la Diputación compre los equipos mediante licitación y contrato público.
  • El beneficiario debe estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de reintegro en el momento de la entrega para poder recibir los equipos.
  • No se requiere fianza, aval ni garantías financieras

 

JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN

  • Documentación: Se realiza mediante el ANEXO III.CERTIFICADO DE JUSTIFICACIÓN firmado por el secretario de la entidad local con el visto bueno del alcalde, acreditando la recepción conforme en el almacén municipal (indicando la fecha de entrega) y que no se han solicitado otras ayudas.
  • Plazo: 3 meses improrrogables desde el día siguiente a la recepción material de los EPIs.
  • Prórroga: Se puede solicitar una ampliación de hasta la mitad del plazo inicial si se pide antes del vencimiento por causas excepcionales justificadas.
  • Requerimiento: Si expira el plazo sin justificación, se dará un requerimiento de 15 días improrrogables antes de exigir el reintegro.

 

INDICADORES DE RESULTADO Y ACTIVIDAD

Se medirá el porcentaje de trabajadores contratados en los programas tomados como referencia que efectivamente hayan recibido los EPIs subvencionados (según la fórmula detallada en el Anexo III).

Los municipios y entidades locales menores con menos de 20.000 habitantes deben cumplir con:

  • No tener condenas firmes que impidan obtener subvenciones públicas.
  • Estar al corriente de pago por reintegros con la Diputación de Badajoz.
  • No tener sanciones firmes de pérdida del derecho a subvenciones.
  • Encontrarse al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
  • Cumplir con el resto de los requisitos del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones (justificables mediante declaración responsable del Anexo II)

OBLIGACIONES

  • Entregar y poner los EPIs a disposición de las personas trabajadoras.
  • Justificar ante la Diputación la puesta a disposición de los equipos.
  • Someterse a las inspecciones y colaborar con el órgano de control.
  • Informar si se obtienen otras ayudas que financien los mismos EPIs.
  • Mantener la contabilidad y registros exigidos.
  • Publicitar la colaboración de la Diputación de Badajoz en la web municipal, incluyendo su imagen corporativa.

Plazo de solicitud: Permanentemente abierto

 

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