Información sobre Protección de datos
Responsable del tratamiento: Diputación Provincial de Badajoz
c/ Obispo San Juan de Rivera, 6 - 06071 - Badajoz
Teléfono: 924 212 400
Email: oac@dip-badajoz.es
Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Teléfono: 924 212 237
Email: dpd@dip-badajoz.es
Autoridad de Control
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
C/ Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID
Finalidad del tratamiento: Servicio de atención telemática de la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.
Base jurídica del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Destinatarios de cesiones o transferencias: No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.
Derechos de los afectados : • Derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos. • Derechos de limitación u oposición al tratamiento. • Derecho a reclamar ante la autoridad de control.
Información adicional: http://www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php
La persona interesada autoriza el tratamiento de sus datos de carácter personal con la única y exclusiva finalidad de gestionar y realizar las actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada.
Asimismo, la persona interesada queda informada sobre la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal frente a la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz. c/ Felipe Checa, 23 - 06071 Badajoz.
Igualmente, la Diputación de Badajoz le informa que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Centro Gestor: SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL, ENERGÍA Y TERRITORIO VERDE -
Los parques periurbanos de conservación y ocio en Extremadura son espacios naturales próximos a núcleos urbanos destinados a usos socio-recreativos y de educación ambiental. La Diputación de Badajoz promueve esta línea de ayudas debido a que los ayuntamientos titulares de los 7 espacios declarados en la provincia (6 de ellos en poblaciones de menos de 20.000 habitantes) a menudo carecen de recursos suficientes para el mantenimiento y dinamización de estas infraestructuras esenciales frente al cambio climático. La convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, está alineada con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS 4, 11, 13 y 15) de la Agenda 2030.
Esta convocatoria de subvenciones está destinada a financiar actuaciones de remodelación, dotación, mantenimiento y dinamización de los parques periurbanos de conservación y ocio de la provincia de Badajoz, garantizando su conservación, uso público y dinamización ambiental.
GASTOS ELEGIBLES Y ACTUACIONES FINANCIABLES
Define que los gastos deben ser estrictamente necesarios e indudables para la actividad. Se dividen en dos capítulos de gasto:
CUANTÍA Y FINANCIACIÓN
La cuantía total máxima autorizada para la convocatoria de 2026 asciende a 210.000,00 euros, distribuidos de la siguiente manera:
Cuantía individualizada y distribución
Se establece un reparto lineal a partes iguales entre los 6 municipios beneficiarios, correspondiendo a cada uno de ellos un importe fijo de 35.000,00 euros. La distribución de esta cuantía por capítulos presupuestarios es la siguiente (aunque es de carácter estimativo y modificable a petición justificada del ayuntamiento):
SOLICITUDES: Procedimiento y forma de presentación de solicitudes
RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución en el BOP es de 3 meses desde el fin del plazo de solicitudes
PLAZO DE EJECUCIÓN Y PAGO
CONCURRENCIA CON OTRAS SUBVENCIONES
PAGO DE LA SUBVENCIÓN
El pago será previo (anticipado al 100%) de la subvención, sin necesidad de aportar avales, garantías bancarias o seguros de caución. Se abonará mediante transferencia bancaria.
JUSTIFICACIÓN
PUBLICIDAD
Establece la obligatoriedad de dar publicidad a la convocatoria en el BOP, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la página web de la Diputación, así como de recabar el consentimiento implícito para el tratamiento de datos de carácter personal en las solicitudes
INDICADORES DE RESULTADOS Y ACTIVIDAD E INDENTIFICACIÓN DE LOS ODS
Los beneficiarios deben consignar obligatoriamente en su justificación una serie de indicadores medibles: Número de actuaciones realizadas en el parque, Horas de atención y mantenimiento del parque por personal contratado, Importe ejecutado sobre el total concedido, si el parque ha sido efectivamente mejorado (Sí/No), Meses de ejecución y Población del municipio beneficiada.
Podrán solicitar las ayudas los municipios de la provincia de Badajoz con menos de 20.000 habitantes que sean titulares de un parque periurbano oficialmente declarado. Los 6 municipios seleccionados y sus respectivos parques son:
OBLIGACIONES
BOP nº 168, 02/09/2026: Bases específicas de la convocatoria de ayudas para el impulso de parques periurbanos de conservación y ocio de Badajoz
BOP nº 168, 02/09/2026: Extracto de bases específicas de la convocatoria de ayudas para el impulso de parques periurbanos de conservación y ocio de Badajoz