Diputación de Badajoz

Información sobre Protección de datos

Responsable del tratamiento: Diputación Provincial de Badajoz

c/ Obispo San Juan de Rivera, 6 - 06071 - Badajoz
Teléfono: 924 212 400
Email: oac@dip-badajoz.es

 

Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez

Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Teléfono: 924 212 237
Email: dpd@dip-badajoz.es

 

Autoridad de Control

Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)

C/ Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID

 

Finalidad del tratamiento: Servicio de atención telemática de la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.

Base jurídica del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Destinatarios de cesiones o transferencias: No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.

Derechos de los afectados : • Derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos. • Derechos de limitación u oposición al tratamiento. • Derecho a reclamar ante la autoridad de control.

Información adicional: http://www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php

La persona interesada autoriza el tratamiento de sus datos de carácter personal con la única y exclusiva finalidad de gestionar y realizar las actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada.

Asimismo, la persona interesada queda informada sobre la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal frente a la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz. c/ Felipe Checa, 23 - 06071 Badajoz.

Igualmente, la Diputación de Badajoz le informa que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.

 
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Catálogo de servicios y ayudas a Municipios.

(nuevo) PLAN PROVINCIAL PARA EL RECONOCIMIENTO Y PUESTA EN VALOR DEL PRODUCTO LOCAL Y COMARCAL 2026

Centro Gestor: DESARROLLO RURAL, RETO DEMOGRÁFICO Y TURISMO -

Convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinada a municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz con población inferior a 20.000 habitantes, para financiar durante 2026 actuaciones de promoción, reconocimiento y puesta en valor del producto local y comarcal en los ámbitos agroalimentario, artesanía y gastronomía. Bases Subv Producto Local y Com…

Las ayudas pretenden impulsar el desarrollo económico local mediante la promoción de los productos del territorio, el comercio de proximidad y la dinamización de los sectores agroalimentario, artesanal y gastronómico, favoreciendo el empleo, el turismo, la identidad territorial y la fijación de población en el medio rural.

Las actuaciones podrán consistir, entre otras, en la organización de ferias, mercados, jornadas, encuentros profesionales, muestras, exposiciones, degustaciones, concursos, talleres, acciones promocionales y campañas de difusión, siempre que tengan como finalidad la promoción de los productos locales y comarcales.

 

 

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES                                                         

Serán subvencionables las actividades relacionadas con la promoción y puesta en valor de:

  • Productos agroalimentarios locales y comarcales.
  • Artesanía tradicional.
  • Gastronomía vinculada al territorio.

Podrán incluir, entre otras:

  • Ferias y mercados.
  • Jornadas técnicas.
  • Encuentros sectoriales.
  • Muestras y exposiciones.
  • Degustaciones.
  • Concursos.
  • Talleres.
  • Actividades divulgativas.
  • Acciones de promoción y comercialización.

No serán subvencionables las actividades de carácter exclusivamente festivo, recreativo o lúdico que no tengan una finalidad promocional del producto local.

 

GASTOS SUBVENCIONABLES                                                                      

Entre otros:

  • Contratación de empresas, profesionales y personal técnico.
  • Alquiler de infraestructuras, carpas, escenarios, mobiliario y equipamiento.
  • Publicidad, comunicación y difusión.
  • Material promocional.
  • Talleres y demostraciones.
  • Seguros.
  • Seguridad.
  • Limpieza.
  • Gastos de organización.
  • Actuaciones musicales o teatrales cuando formen parte del programa promocional.
  • Degustaciones y muestras gastronómicas.

No serán subvencionables, entre otros:

  • Gastos protocolarios.
  • Premios en metálico.
  • Bienes inventariables.
  • Gastos financieros.
  • Sanciones.
  • Tributos recuperables.
  • Gastos no relacionados directamente con la actividad subvencionada. Bases Subv Producto Local y Com…

 

FINANCIACIÓN Y PRESUPUESTO                                                                

Presupuesto total de la convocatoria: 500.000,00 €

La ayuda máxima por entidad dependerá de: población, duración del evento, tasa de desempleo... con un máximo de 30 puntos de valoración.

La cuantía máxima por proyecto será:

  • 4.000 € (1 día)
  • 8.000 € (2 días)
  • 12.000 € (3 o más días)

 

SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN                                                                

La solicitud se tramitará a través de la Sede Electrónica de la Diputación de Badajoz, seleccionando el trámite"Subvenciones destinadas a municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para el reconocimiento y puesta en valor del producto local y comarcal durante el ejercicio económico 2026", que corresponde al ANEXO I. Solicitud,  y adjuntando: 

  • Anexo II. Declaración responsable, acreditando el cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiario.
  • Anexo III. Formulario de identificación de la actividad o evento, que deberá incluir: descripción detallada de la actividad, finalidad, lugar de celebración, etc.
  • En el caso de Entidades Locales Menores, certificado acreditativo de la competencia para desarrollar la actividad subvencionada, cuando resulte exigible.
  • Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, únicamente cuando la entidad no autorice a la Diputación a consultar dichos datos de oficio.

 

PLAZO DE EJECUCIÓN

Las actividades deberán ejecutarse entre el 29 de mayo de 2026 y el 31 de diciembre de 2026.

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN

La justificación deberá presentarse en el plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actividad subvencionada, mediante la documentación establecida en las bases.

Podrá solicitarse una prórroga, siempre que se solicite antes de finalizar el plazo de justificación y se motive adecuadamente. Bases Subv Producto Local y Com…

Podrán solicitar la subvención:

  • Municipios de la provincia de Badajoz con menos de 20.000 habitantes.
  • Entidades Locales Menores.

Las entidades deberán:

  • encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social;
  • no estar incursas en prohibiciones para obtener la condición de beneficiario;
  • ejecutar la actividad dentro del ejercicio 2026;
  • presentar un único proyecto por entidad.

 

 

OBLIGACIONES                                                                                         

Las entidades beneficiarias deberán:

  • Ejecutar la actividad conforme al proyecto aprobado.
  • Comunicar cualquier modificación que afecte a la actividad.
  • Justificar correctamente la subvención.
  • Dar publicidad a la financiación de la Diputación de Badajoz utilizando su imagen corporativa.
  • Comunicar la obtención de otras ayudas para la misma finalidad.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control.
  • Conservar la documentación justificativa.
  • Difundir la colaboración de la Diputación en toda la publicidad y material divulgativo de la actividad.

Plazo de solicitud: Abierto
Desde el 22-09-2026 hasta el 21-10-2026

BOP nº 180, 21/09/2026: Bases reguladoras de la convocatoria del Plan provincial para el reconocimiento y puesta en valor del producto local y comarcal en los ámbitos agroalimentario, artesanía y gastronomía durante 2026

BOP nº 180, 21/09/2026: Extracto de las bases reguladoras de la convocatoria del Plan provincial para el reconocimiento y puesta en valor del producto local y comarcal en los ámbitos agroalimentario, artesanía y gastronomía durante 2026

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
  • Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Badajoz.
  • Bases reguladoras de la convocatoria.

 

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