Información sobre Protección de datos
Responsable del tratamiento: Diputación Provincial de Badajoz
c/ Obispo San Juan de Rivera, 6 - 06071 - Badajoz
Teléfono: 924 212 400
Email: oac@dip-badajoz.es
Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Teléfono: 924 212 237
Email: dpd@dip-badajoz.es
Autoridad de Control
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
C/ Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID
Finalidad del tratamiento: Servicio de atención telemática de la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.
Base jurídica del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Destinatarios de cesiones o transferencias: No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.
Derechos de los afectados : • Derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos. • Derechos de limitación u oposición al tratamiento. • Derecho a reclamar ante la autoridad de control.
Información adicional: http://www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php
La persona interesada autoriza el tratamiento de sus datos de carácter personal con la única y exclusiva finalidad de gestionar y realizar las actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada.
Asimismo, la persona interesada queda informada sobre la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal frente a la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz. c/ Felipe Checa, 23 - 06071 Badajoz.
Igualmente, la Diputación de Badajoz le informa que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Centro Gestor: PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES -
La Medalla de Oro de la Provincia de Badajoz tiene como fin reconocer de manera pública y solemne a personas naturales o jurídicas, grupos de personas, corporaciones, sectores, instituciones o colectivos con o sin personalidad jurídica, que se hayan distinguido en el cumplimiento de sus tareas o en sus obras por la ejemplaridad y la trascendencia, ya sea en el ámbito de la cultura, la sociedad, la política, el deporte, el activismo social, la actividad empresarial, el sindicalismo, la medicina, la ciencia, la investigación, el diseño o cualquier otra actividad humana, y que tengan o hayan tenido una especial relación con la Provincia de Badajoz o cualquiera de sus Municipios o Comarcas aunque su actividad o su obra se hayan realizado fuera de la misma.
Puede ser concedidas a título póstumo dentro de los diez años siguientes a la fecha de fallecimiento del galardonado.
Como galardón que representa la máxima distinción de la Provincia, el Reglamento crea la Medalla de Oro. Junto a la Medalla, se reconocen y regulan otros dos honores: los de Hijo/a Predilecto/a e Hijo/a Adoptivo/a de la Provincia.
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS:
Deberán proponerse en el modelo Anexo I y acompañadas del una Memoria justificativa de los motivos en que se fundamenta, a juicio del solicitante, que el candidato propuesto es merecedor de la concesión de la Medalla de Oro de la Provincia de Badajoz, explicando la manera en que concurre uno o varios de los motivos del apartado 1 del artículo 4 de este Reglamento, con una descripción de la actividad o de la obra realizada por el candidato propuesto.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se reunirá la Comisión de la Medalla de Oro de la Provincia de Badajoz, que estará formada por las siguientes personas:
Del 1 de octubre del año anterior a la fecha de concesión de la Medalla, o inmediato día hábil siguiente, y finalizará el último día del mes de febrero del año de la entrega, o inmediato hábil siguiente ........... Del 1 de octubre de 2023 al 29 de febrero de 2024