Información sobre Protección de datos
Responsable del tratamiento: Diputación Provincial de Badajoz
c/ Obispo San Juan de Rivera, 6 - 06071 - Badajoz
Teléfono: 924 212 400
Email: oac@dip-badajoz.es
Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Teléfono: 924 212 237
Email: dpd@dip-badajoz.es
Autoridad de Control
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
C/ Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID
Finalidad del tratamiento: Servicio de atención telemática de la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.
Base jurídica del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Destinatarios de cesiones o transferencias: No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.
Derechos de los afectados : • Derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos. • Derechos de limitación u oposición al tratamiento. • Derecho a reclamar ante la autoridad de control.
Información adicional: http://www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php
La persona interesada autoriza el tratamiento de sus datos de carácter personal con la única y exclusiva finalidad de gestionar y realizar las actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada.
Asimismo, la persona interesada queda informada sobre la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal frente a la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz. c/ Felipe Checa, 23 - 06071 Badajoz.
Igualmente, la Diputación de Badajoz le informa que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Centro Gestor: INFRAESTRUCTURAS, MOVILIDAD Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO - Infraestructuras
Cesión de maquinaria y el personal capacitado, para su funcionamiento, con motivo de la realización de obras y servicios por las entidades locales, conforme a un precio público por prestación de servicios.
Este precio público, de conformidad con la regulación vigente, tiene naturaleza de ingreso o recurso de derecho público, y para su cobranza, la Diputación de Badajoz ostenta las prerrogativas establecidas legalmente para la Hacienda del Estado, actuando -en su caso- conforme a los procedimientos administrativos correspondientes.
CUANTÍA DEL PRECIO PÚBLICO SEGÚN MAQUINARIA:
Retrocargadora mixta. 75 CV................................................... 12,00 €/hora+IVA
Retroexcavadora giratoria hasta 160 CV.................................. 25,00 €/hora+IVA
Compactador vibratorio autopropulsado 80 CV........................ 15,00 €/hora+IVA
Rodillo compactador tándem hasta 3.0 t.................................... 5,50 €/hora+IVA
Camión articulado + semirremolque góndola, 450 CV............... 35,00 €/hora+IVA
Camión con caja basculante ..................................................... 14,00 €/hora+IVA
Camión con cesta ...................................................................... 11,00 €/hora+IVA
Camión con grúa........................................................................ 14,00 €/hora+IVA
Motoniveladora 160 CV.............................................................. 25,00 €/hora+IVA
Bulldozer >180 CV...................................................................... 31,00 €/hora+IVA
Bulldozer < 180 CV..................................................................... 20,00 €/hora+IVA
Tractor agrícola + desbrozadora ventral.................................... 12,00 €/hora+IVA
El cómputo de horas de cesión de la maquinaria se redondeará, por exceso o defecto, a horas completas o a la fracción de la media hora más próxima a lo realmente empleado.
TRAMITACIÓN:
El calendario de trabajo, se fijará por orden de presentación de las solicitudes, si bien por razones de organización y economía en el transporte de las máquinas se podrá alterar ese orden en función de la proximidad de otros municipios solicitantes.
La entidad local beneficiaria de la cesión de uso de la maquinaria, tiene la obligatoriedad de mantener al menos un trabajador capacitado del municipio donde se desarrolle la actividad como adjunto al conductor, en esas tareas de carga/descarga de equipos, así como un acompañante durante las tareas de trabajos en solitario por el conductor de la maquinaria de obra.
Quedará obligada también a poner una persona que le indique al maquinista la labor a realizar, y le auxilie en la señalización de la misma.
La maquinaria siempre será utilizada por el personal designado por la Diputación de Badajoz y, en caso de avería de las máquinas que impida su funcionamiento, la Diputación minorará la liquidación por los días de paralización, no estando obligada a indemnizar daños y perjuicios de ninguna clase que pudieran derivarse de la interrupción de su uso.
La Diputación, por motivos de urgencia, se reserva el derecho de rescate de las máquinas para la realización de otros servicios.
En el día de inicio de la prestación del servicio se firmará un documento entre la Diputación de Badajoz y el Ayuntamiento o entidad pública en el que se haga constar la fecha de comienzo del servicio, la conformidad con las condiciones del mismo así como, en su caso, la posesión de cualquier tipo de autorización o permiso necesario para la ejecución de los trabajos; en caso contrario, y como se establece en el artículo 4, será la entidad la responsable de cualquier tipo de gasto ocasionado por este motivo.
A su vez, una vez terminado el servicio, las partes firmarán un parte de finalización, indicando que el mismo ha concluido de forma adecuada y detallando el número de horas en las que la maquinaria cedida ha estado trabajando.
GESTIÓN Y COBRO DEL SERVICIO
La entrada en vigor de este texto queda demorada hasta tanto se produzca la derogación definitiva del texto consolidado de la Ordenanza reguladora del precio público por prestación de servicios mediante la cesión de uso de maquinaria de obras públicas a los ayuntamientos de la provincia y otros entes públicos, aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 25 de febrero de 2022, y acordada su derogación mediante acuerdo adoptado en la sesión plenaria de 3 de mayo de 2024 (BOP número 92, de 15 de mayo de 2024).