Diputación de Badajoz

Información sobre Protección de datos

Responsable del tratamiento: Diputación Provincial de Badajoz

c/ Obispo San Juan de Rivera, 6 - 06071 - Badajoz
Teléfono: 924 212 400
Email: oac@dip-badajoz.es

 

Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez

Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Teléfono: 924 212 237
Email: dpd@dip-badajoz.es

 

Autoridad de Control

Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)

C/ Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID

 

Finalidad del tratamiento: Servicio de atención telemática de la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.

Base jurídica del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Destinatarios de cesiones o transferencias: No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.

Derechos de los afectados : • Derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos. • Derechos de limitación u oposición al tratamiento. • Derecho a reclamar ante la autoridad de control.

Información adicional: http://www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php

La persona interesada autoriza el tratamiento de sus datos de carácter personal con la única y exclusiva finalidad de gestionar y realizar las actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada.

Asimismo, la persona interesada queda informada sobre la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal frente a la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz. c/ Felipe Checa, 23 - 06071 Badajoz.

Igualmente, la Diputación de Badajoz le informa que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.

 
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales - contigo

Catálogo de servicios y ayudas a Municipios.

Cesión de Maquinaria de Obras con Conductor (B.O.P. n.º 136, de 17 de julio de 2024)

Centro Gestor: INFRAESTRUCTURAS, MOVILIDAD Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO - Infraestructuras

Descripción

Cesión de maquinaria y el personal capacitado, para su funcionamiento, con motivo de la realización de obras y servicios por las entidades locales, conforme a un precio público por prestación de servicios.

Este precio público, de conformidad con la regulación vigente, tiene naturaleza de ingreso o recurso de derecho público, y para su cobranza, la Diputación de Badajoz ostenta las prerrogativas establecidas legalmente para la Hacienda del Estado, actuando -en su caso- conforme a los procedimientos administrativos correspondientes.

CUANTÍA DEL PRECIO PÚBLICO SEGÚN MAQUINARIA:

Retrocargadora mixta. 75 CV................................................... 12,00 €/hora+IVA

Retroexcavadora giratoria hasta 160 CV.................................. 25,00 €/hora+IVA

Compactador vibratorio autopropulsado 80 CV........................ 15,00 €/hora+IVA

Rodillo compactador tándem hasta 3.0 t....................................  5,50 €/hora+IVA

Camión articulado + semirremolque góndola, 450 CV............... 35,00 €/hora+IVA

Camión con caja basculante ..................................................... 14,00 €/hora+IVA

Camión con cesta ...................................................................... 11,00 €/hora+IVA

Camión con grúa........................................................................ 14,00 €/hora+IVA

Motoniveladora 160 CV.............................................................. 25,00 €/hora+IVA

Bulldozer >180 CV...................................................................... 31,00 €/hora+IVA

Bulldozer < 180 CV..................................................................... 20,00 €/hora+IVA

Tractor agrícola + desbrozadora ventral.................................... 12,00 €/hora+IVA

El cómputo de horas de cesión de la maquinaria se redondeará, por exceso o defecto, a horas completas o a la fracción de la media hora más próxima a lo realmente empleado.

Más información
  • TRAMITACIÓN:

  • 1º) Presentar la Solicitud formulada por quien presida la entidad local indicando el tipo de maquinaria solicitada, clase de trabajos que se proponen realizar, horas estimadas de utilización y demás circunstancias que justifiquen la utilización pretendida.
  • 2º) La solicitud referida se someterá a informe-propuesta del servicio correspondiente, que valorará la procedencia de acceder a lo solicitado en función del plan de trabajo oficial de las máquinas o del destino que se solicita.
  • El calendario de trabajo, se fijará por orden de presentación de las solicitudes, si bien por razones de organización y economía en el transporte de las máquinas se podrá alterar ese orden en función de la proximidad de otros municipios solicitantes.

    La entidad local beneficiaria de la cesión de uso de la maquinaria, tiene la obligatoriedad de mantener al menos un trabajador capacitado del municipio donde se desarrolle la actividad como adjunto al conductor, en esas tareas de carga/descarga de equipos, así como un acompañante durante las tareas de trabajos en solitario por el conductor de la maquinaria de obra.

    Quedará obligada también a poner una persona que le indique al maquinista la labor a realizar, y le auxilie en la señalización de la misma.

    La maquinaria siempre será utilizada por el personal designado por la Diputación de Badajoz y, en caso de avería de las máquinas que impida su funcionamiento, la Diputación minorará la liquidación por los días de paralización, no estando obligada a indemnizar daños y perjuicios de ninguna clase que pudieran derivarse de la interrupción de su uso.

    La Diputación, por motivos de urgencia, se reserva el derecho de rescate de las máquinas para la realización de otros servicios.

  • 3º) Se emitirá resolución de la solicitud donde se hará constar el periodo de cesión de las máquinas y se notificará a la entidad solicitante.
  • En el día de inicio de la prestación del servicio se firmará un documento entre la Diputación de Badajoz y el Ayuntamiento o entidad pública en el que se haga constar la fecha de comienzo del servicio, la conformidad con las condiciones del mismo así como, en su caso, la posesión de cualquier tipo de autorización o permiso necesario para la ejecución de los trabajos; en caso contrario, y como se establece en el artículo 4, será la entidad la responsable de cualquier tipo de gasto ocasionado por este motivo.

    A su vez, una vez terminado el servicio, las partes firmarán un parte de finalización, indicando que el mismo ha concluido de forma adecuada y detallando el número de horas en las que la maquinaria cedida ha estado trabajando.

     

     

    GESTIÓN Y COBRO DEL SERVICIO

  • El servicio con competencia en maquinaria y parque móvil de la Diputación de Badajoz, presentará, dentro de los cinco primeros días de cada mes, una relación de la maquinaria o vehículos que han prestado los servicios previstos, expresando el número de días u horas de utilización.
  • Las liquidaciones practicadas, serán aprobadas por el órgano competente, se comunicarán a las entidades locales interesadas y contra las mismas podrán formularse los recursos pertinentes.
  • Sin perjuicio de lo anterior, no se producirá devengo del precio público, y en su consecuencia no se producirá liquidación por el uso de la maquinaria, cuando éste fuere debido a situaciones extraordinarias, derivadas de acontecimientos imprevisibles y de fuerza mayor (tales como, inundaciones, corrimiento de tierras, aludes,..), que previa su debida justificación por la Jefatura de Servicio, fuera objeto de autorización por el Presidente de la Diputación o Diputado/a de la misma en quien delegue.
  • La entrada en vigor de este texto queda demorada hasta tanto se produzca la derogación definitiva del texto consolidado de la Ordenanza reguladora del precio público por prestación de servicios mediante la cesión de uso de maquinaria de obras públicas a los ayuntamientos de la provincia y otros entes públicos, aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 25 de febrero de 2022, y acordada su derogación mediante acuerdo adoptado en la sesión plenaria de 3 de mayo de 2024 (BOP número 92, de 15 de mayo de 2024).

Requisitos
  • Conductor: La maquinaria, cuyo uso se cede, solo podrá ser manejada por un conductor designado por la Diputación de Badajoz para la prestación del servicio solicitado, no pudiendo ser manejada ninguna de las máquinas objeto de este texto regulador por otro personal.
  • Jornada: Los precios públicos se corresponden con el desarrollo del trabajo durante la jornada ordinaria, entendiéndose por tal la que al efecto esté establecida por la Diputación de Badajoz como jornada completa y sin turnos. Cuando la cesión sea solicitada fuera de la jornada laboral, o en sábados y festivos, el precio horario será incrementado un veinticinco por ciento (25 %).
  • Plazo máximo de la cesión de la maquinaria: 60 horas, salvo casos excepcionales debidamente justificados.
  • Combustible: Los precios públicos no llevan incluido el coste del combustible. Este coste será asumido por el Ayuntamiento o ente público que solicite la cesión. A estos efectos, se pondrá a disposición la maquinaria solicitada con los depósitos llenos de combustible y se devolverá con el depósito lleno, y los reportajes durante la cesión, correrán a cargo del cesionario. En cualquier caso, el tiempo necesario para las maniobras y desplazamientos para repostar computarán como tiempo de trabajo realizado.
  • Seguros: La maquinaria cedida, contará con los seguros pertinentes a cargo de la Diputación de Badajoz.
  • Señalización: En caso de ser necesaria señalización y/o instalación de elementos auxiliares durante el tiempo de uso de la maquinaria por la entidad cesionaria, será esta quien se encargue del personal necesario para dicha señalización y/o instalación.
  • Autorizaciones de otras entidades: fuese necesaria la autorización por parte de otras entidades u organismos, serán los solicitantes de la cesión quienes se encargarán de la tramitación de dichas autorizaciones, no iniciándose por la Diputación de Badajoz, ninguna actividad sin contar con las mismas. Será, en todo caso, la entidad solicitante de la cesión, la responsable de cualquier penalización, por carecer de los permisos exigidos para la ejecución de los trabajos. En cualquier caso, Diputación de Badajoz declina cualquier responsabilidad derivada de la falta de autorizaciones, permisos o licencias necesarias para la ejecución de los trabajos.
  • Otros gastos: Los gastos que se pudieran generar como consecuencia de roturas de conducciones o servicios ocultos serán por cuenta del beneficiario.
 
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