Información sobre Protección de datos
Responsable del tratamiento: Diputación Provincial de Badajoz
c/ Obispo San Juan de Rivera, 6 - 06071 - Badajoz
Teléfono: 924 212 400
Email: oac@dip-badajoz.es
Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Teléfono: 924 212 237
Email: dpd@dip-badajoz.es
Autoridad de Control
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
C/ Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID
Finalidad del tratamiento: Servicio de atención telemática de la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.
Base jurídica del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Destinatarios de cesiones o transferencias: No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.
Derechos de los afectados : • Derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos. • Derechos de limitación u oposición al tratamiento. • Derecho a reclamar ante la autoridad de control.
Información adicional: http://www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php
La persona interesada autoriza el tratamiento de sus datos de carácter personal con la única y exclusiva finalidad de gestionar y realizar las actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada.
Asimismo, la persona interesada queda informada sobre la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal frente a la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz. c/ Felipe Checa, 23 - 06071 Badajoz.
Igualmente, la Diputación de Badajoz le informa que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Centro Gestor: INFRAESTRUCTURAS, MOVILIDAD Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO - Planificación y Seguimiento de Proyectos
En el marco del Plan provincial de accesibilidad, se concede provisionalmente, las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, a favor de todos los municipios menores de 20.000 habitantes y las entidades locales menores de la provincia que figuran en el ANEXO 1, del importe que consta en el mismo para financiar la adquisición, instalación, puesta en marcha y publicidad de elementos de accesibilidad durante el ejercicio 2024, de manera que estos posibiliten el acceso de personas con discapacidad a distintas actividades lúdicas, deportivas, formativas o culturales, entre otras, que promuevan su integración social.
La subvención supondrá la transferencia a todos los municipios menores de 20.000 habitantes y entidades locales menores de los importes que se relacionan en el mencionado anexo, teniendo en cuenta los siguientes intervalos de población:
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA: 699.440,00 euros.
SOLICITUDES: se tramitarán EXCLUSIVAMENTE a través de de la sede electrónica de la Diputación de Badajoz.
*** La falta de presentación de esta documentación en plazo se entenderá como renuncia al derecho ***
Las entidades que figuran en el ANEXO 1 deberán remitir la siguiente documentación:
Las entidades deberán solicitar informe de idoneidad, acreditativo de cumplimiento con la normativa de accesibilidad, a la oficina técnica de accesibilidad de extremadura (OTAEX), dependiente de la asociación para la atención y la integración social de las personas con discapacidad física de Extremadura (APAMEX), o a cualquier otra entidad o profesional con capacidad para informar al respecto, de manera que los elementos solicitados en el anexo 2 estén conforme a los requisitos de la legislación vigente en materia de accesibilidad.
Dicho informe deberá formar parte de la documentación a remitir junto con los anexos preceptivos, por lo que desde OTAEX o cualquier otra entidad o profesional habilitado, el mismo deberá emitirse en el tiempo necesario para que la entidad pueda presentar su documentación en plazo ante la Diputación de Badajoz.
Las entidades locales beneficiarias del Plan recibirán los fondos vía transferencia bancaria una vez dictadas las correspondientes resoluciones de concesión y publicadas, en su caso en el BOP y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones BDNS, de acuerdo a la base undécima del Plan estratégico de subvenciones del ejercicio 2024.
En el caso, de que existiera una deuda con la Hacienda Provincial, el deudor autoriza a la Diputación a compensar el importe debido con cargo a la parte que corresponde al Plan y de acuerdo con los procedimientos conformados por la Tesorería Provincial. Todo ello, sin perjuicio de la posibilidad de alcanzar acuerdos de aplazamiento y/o fraccionamiento de las deudas.
20 días hábiles siguientes a la publicación a través de la BDNS...... Del 3 al 30 de septiembre de 2024.